La campaña de la Declaración de la Renta, que comienza en abril, es uno de esos momentos en los que debemos hacer repaso de lo que hemos gastado e ingresado el año anterior. Claro que en ese instante ya no podremos hacer nada por ahorrar. A poco más de un mes de acabar el año, aún estamos a tiempo de llevar a cabo algunas gestiones que repercutirán positivamente en la declaración.
Consejos para ahorrar en la Declaración de la Renta 2021
- Aumentar la retención de IRPF. Antes de nada, es preciso recordar que, si no tenemos unos ingresos superiores a 22.000 € (en el caso de un pagador) y 12.000€ (dos pagadores), no estamos obligados a presentar la Declaración de la Renta.
Si estamos dentro del grupo de obligados a declarar los ingresos y hemos estado en ERTE, debemos estar alerta porque esta prestación no ha estado sujeta (o lo ha estado en un porcentaje muy bajo) a deducción. Para que no nos toque pagar en la Declaración de la Renta, podemos solicitar a la empresa en la que trabajamos que nos suban la retención del IRPF, para compensar los otros ingresos. - Revisar Rentas de años anteriores. Puede ser que se nos quedara alguna renta devengada por declarar o que haya saldos negativos que podamos compensar este año.
- Amortizar hipoteca. Si somos de los afortunados que firmaron una hipoteca antes del 1 de enero de 2013, podemos deducirnos las cantidades pagadas en la declaración. Para que esta deducción sea mayor, una idea es amortizar una cantidad mayor al final del año.
- Juego online. Es bueno que guardemos los justificantes de las pérdidas que hayamos tenido en el juego, para tributar solo por las ganancias.
- Ayudas públicas. Solo hay que declarar las ayudas que se hayan cobrado. Si están concedidas pero aún no se han percibido, no entrarán en este ejercicio.
- Obras de mejora de eficiencia energética. Las obras de instalación de calefacción, ventanas u otros sistemas que contribuyan al ahorro energético en nuestra vivienda desgravarán un 20 % (sobre un máximo de 5000 €).
- Donaciones a ONG . Si realizamos donativos a organizaciones acogidas a la Ley 49/2002 de Régimen Fiscal de Entidades sin fines Lucrativos y de los Incentivos Fiscales al Mecenazgo, podremos deducirlos en la Declaración de la Renta.
- Afiliación a Federaciones y/o Partidos Políticos . La pertenencia a algún partido u organización nos permite deducirnos un 20 % de un máximo de 600 € al año. También, si nuestra profesión requiere que nos inscribamos en un colegio profesional , podremos desgravarnos esta cuota.
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En ocasiones, no estamos muy familiarizados con la Declaración de la Renta o desconocemos las deducciones que se nos permiten. Y es que las normas cambian a menudo. Si necesitas ayuda para elaborar este documento, en Abrera Assesors contamos con asesores expertos en materia fiscal en Barcelona.
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